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Modelo de Contrato de Prestación de Servicios Médicos
Alternativas Legales en la Relación Laboral

 

Sres. Colegiados:

Desde hace tiempo ya, los profesionales médicos nos encontramos con serias dificultades a la hora de percibir nuestros honorarios.

En el ámbito de la cirugía cardiovascular, ocurre muchas veces que debemos abonar a los integrantes de nuestro equipo, prestaciones que han brindado, pero que a su vez no se nos han pagado. Son múltiples los motivos que invocan los centros asistenciales que nos han contratado, para justificar su incumplimiento: falta de pago de las Obras Sociales, incremento del valor de los insumos, embargo de las cuentas bancarias por parte de la AFIP- DGI, solicitud de concurso preventivo.
No obstante ello, el cirujano y su equipo cumplieron y, con calidad, sin retaceo alguno, con el servicio para el cual han sido contratados.

Entonces, la realidad y la necesidad de supervivencia, hacen que el profesional deba recurrir a distintas medidas para conseguir la satisfacción de sus requerimientos, pudiendo ser, incluso él, quien solicite la quiebra del establecimiento asistencial.

No se debe llegar a tan extrema solución, si desde el inicio, se adoptan los más mínimos recaudos. El CACCV, le propone que:

1) Determine el carácter de la vinculación: Si está en relación de dependencia, deberá estar debidamente inscripto y percibir mensualmente su remuneración, contra la firma de un recibo confeccionado conforme a las normas de la Ley de Contrato de Trabajo. Si se desempeña como profesional independiente, solicite firmar un contrato de locación de servicios, en el que quedarán plasmadas las condiciones de su labor. Para esto último, el CACCV le sugiere el modelo que publicamos en está misma página.

2) Cualquiera sea la modalidad de la vinculación, solicite la intervención de la Comisión de Asuntos Gremiales de este Colegio, para el caso de incumplimiento por parte de su contratante. Dicha Comisión, arbitrará los medios a su alcance para lograr una solución.

3) En caso de que dicha intervención fracasare, quedará expedita la vía judicial, para lo cual y siempre que la otra parte no sea un colegiado nuestro, contará Usted en forma gratuita, con el asesoramiento y el patrocinio judicial de nuestra letrada.

                                                                Comisión Directiva C.A.C.C.V.



CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS MÉDICOS


Entre el Sanatorio o Clínica ______________________________, con domicilio en, representada para este acto por_________________________________________, según surge de______________________________________, cuya copia firmada se adjunta al presente, por una parte y en adelante denominado EL SANATORIO (o LA CLINICA) y el Dr. ______________________________________________, con DNI N°. ________________________________________________________, con domicilio en________________________________________ , en su carácter de Jefe del equipo médico integrado por los Dres. ___________________________________________, por la otra y en adelante EL EQUIPO, se celebra el presente contrato de PRESTACION DE SERVICIOS MEDICOS, que se regirá por las cláusulas que se detallan a continuación:

PRIMERA: EL SANATORIO (o LA CLINICA), contrata al EQUIPO para la realización de las siguientes prestaciones quirúrgicas, las que se llevarán a cabo en el establecimiento asistencial sito en _______________________________________, lugar que guarda las condiciones reguladas por el CACCV y normalizadas dentro de la acreditación de los lugares de labor quirúrgica CACCV.-

SEGUNDA: El plazo de duración del presente, se fija de común acuerdo en _____________________________________ meses (o años), a partir de su firma, pudiendo ser renovado a su vencimiento, para lo cual, la parte que resolviera la renovación, deberá comunicarlo a la otra, en forma fehaciente, con una antelación no inferior a sesenta (60) días hábiles del vencimiento. Del mismo modo, cualquiera de las partes podrá dejarlo sin efecto, aún antes del vencimiento, debiendo notificar en forma fehaciente a la otra, dicha voluntad con una antelación no inferior a sesenta (60) días hábiles sin que ello genere derecho a indemnización alguna.-

TERCERA: Los honorarios serán fijados de común acuerdo por las partes, observando para ello las modalidades sugeridas por el CACCV (cobro de honorarios por prestación) y serán abonados en el plazo fijado de común acuerdo, el que no será mayor de treinta (30) días. SIGUIENDO LA MODALIDAD DE GESTION DE COBRO A TRAVES DEL CACCV, LUGAR DONDE SE DEPOSITARAN DICHOS HONORARIOS SEGUN LOS PREVISTO ANTERIORMENTE (OPTATIVO POR LOS COLEGIADOS)
En caso de atraso en el pago, sea que ello se deba a la falta de pago de las Obras Sociales o a cualquier otra causa, aún razones de fuerza mayor, transcurridos noventa (90) días corridos del vencimiento del plazo de pago, el EQUIPO estará facultado para solicitar la intervención del CACCV.-

CUARTA: El Jefe del EQUIPO, Dr. _________________________________, asume específicamente, las siguientes obligaciones, frente al SANATORIO (o CLINICA) :
a) Cubrir las urgencias de acuerdo a una organización de guardias volantes o fijas: se incluyen aquí las posibles complicaciones que puedan producirse en el postoperatorio de las intervenciones programadas.
b) Designar a sus colaboradores, a quienes habrá de acreditar ante el SANATORIO (o LA CLINICA).
c) Velar por el cumplimiento que, cada integrante de su equipo, deba hacer con relación a la confección de la historia clínica del paciente, a la contratación de un seguro por mala praxis médica y a la inscripción en el Colegio de la provincia donde esté ejerciendo la especialidad.
d) Sancionar a los integrantes de su equipo, que cometan irregularidades profesionales.

QUINTA: Las partes acuerdan en que las indicaciones quirúrgicas de los pacientes se harán en consenso con los colegas clínicos, cardiólogos y hemodinamistas, en ateneos clínicos periódicos o según la modalidad que se establezca. En caso de controversia, se designará de común acuerdo, a las personas de consulta .-

SEXTA: Los diagnósticos serán realizados en el servicio de hemodinamia del SANATORIO (o CLINICA), salvo necesidades específicas, en cuyo caso se decidirán de común acuerdo los servicios a realizar.-

SEPTIMA: Los postoperatorios deberán ser llevados por el servicio de recuperación del SANATORIO (o CLINICA), bajo la supervisión de los miembros del EQUIPO .-

OCTAVA: Queda prohibido al SANATORIO (o A LA CLINICA) derivar pacientes a otros centros asistenciales, salvo en caso de imposibilidad del EQUIPO de cumplir con la prestación, en cuyo caso será necesaria la previa notificación fehaciente al EQUIPO.-

NOVENA: Para todos los efectos legales que pudieran corresponder, las partes constituyen domicilios en los denunciados al inicio, donde tendrán efecto todas las notificaciones.-

DECIMA: Para cualquier cuestión judicial, las partes se someterán a la jurisdicción ordinaria de los Tribunales de _______________________________________, con renuncia expresa a cualquier otro.

De plena conformidad, se firman tres ejemplares de un mismo tenor, quedando en poder de cada parte y el tercer ejemplar depositado en la sede del CACCV, sita en Catamarca 536 de la Capital Federal. LUGAR DE GESTION DE COBRO.

 

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